El FONCARGA es un instrumento técnico y financiero para el apoyo al transportador, destinado a la renovación de vehículos livianos y medianos de carga con peso bruto vehicular igual o inferior a las 10,5 toneladas y volquetas de hasta 3 ejes, que, de acuerdo con la Ley 2169 de 2021, circulen en la ciudad de Bogotá.

Busca apoyar a los pequeños transportadores y empresarios de transporte de carga en la renovación de vehículos antiguos altamente contaminantes e ineficientes a través de incentivos reembolsables y no reembolsables.

Además, contribuir en la formalización del gremio del transporte de carga y mejorar la calidad del aire en la ciudad y contribuir a la mitigación del cambio climático a través de la operación de vehículos con tecnologías de cero y bajas emisiones.

Condiciones de aplicación:

  • Ser propietario como persona natural o juridica de hasta 3 vehículos de transporte de carga con un Peso Bruto Vehicular (PBV) igual o inferior a 10,5 toneladas y/o volquetas de máximo 3 ejes. 
  • Ser propietario/a del(los) vehículo(s) con mínimo dos (2) años de antelación al momento de la postulación al fondo. 
  • Estar a paz y salvo por concepto de multas e infracciones a las normas de tránsito.
  • El vehículo debe estar matriculados en la ciudad de Bogotá o en los municipios aledaños aprobados por el Comité Directivo, con mínimo dos (2) años de antelación a la postulación al fondo.
  • El vehículo no debe estar postulado simultáneamente a otro proceso de renovación vehicular en el país. 
  • El vehículo debe estar libre de todo gravamen o afectación jurídica, Es decir, multas, comparendos o impuestos vehiculares que limiten la libre disposición del vehículo. 
  • El vehículo debe ser:
  1. ¿Camión¿ con Peso Bruto Vehicular (PBV) igual o inferior a 10,5 toneladas
  2. ¿Camioneta¿ diferentes a pick-up o platón, con PBV igual o inferior a 10,5 toneladas.
  3. ¿Volqueta¿ de máximo tres (3) ejes
  • La licencia de tránsito del vehículo debe figurar como modalidad de carga.
  • Al momento de la postulación, el vehículo debe tener año o modelo igual o superior a veinte (20) años.
  • Ser un vehículo operativo, es decir, que demuestre mínimo dos (2) SOAT y dos (2) Revisiones Técnico-Mecánicas en los últimos cinco (5) años.
  • Estar inscrito en las plataformas del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT y Registro Distrital Automotor (RDA), como persona natural o jurídica.
  • El vehículo debe estar al día en sus obligaciones tributarias con el distrito o las entidades administrativas autorizadas por el Comité Directivo.

Si usted es transportador de carga, y usted y su vehículo cumple las condiciones, Postúlese aquí.